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La reforma judicial israelí

La reforma judicial israelí

Rav Shay Tahan

Poco después de que asumiera el poder el nuevo gobierno de coalición, formado tras las recientes elecciones en Israel, el nuevo ministro de Justicia anunció la intención del gobierno de hacer aprobar rápidamente en la Knéset (el parlamento) una serie de reformas legislativas. Entre otras cosas, estas reformas recortarían seriamente el poder de la rama judicial y cambiarían de forma radical el equilibrio de poderes entre las distintas ramas del gobierno en Israel.

Los nuevos socios de la coalición sostienen que las reformas legislativas que planean son necesarias para frenar el poder excesivo de la Corte Suprema israelí y para devolver al gobierno la capacidad de gobernar, que según ellos le ha sido usurpada por la Corte. Sin embargo, los críticos de las reformas propuestas las ven como un ataque a la separación de poderes, esencial para cualquier democracia, y como un intento del gobierno de eliminar todo control y contrapeso sobre su propio poder. Mientras la coalición está decidida a aprobar los cambios legales lo antes posible, en Israel han estallado enormes protestas contra estos cambios y contra la manera en que se están implementando. ¿Cuál es la perspectiva de la Torá en este debate en curso?

En este artículo quisiéramos analizar a cuál de los dos bandos —si es que a alguno— apoyaría la Torá. La ley de la Torá sobre el establecimiento del Estado judío: en el año 1917תרעח )( Gran Bretaña había publicado la famosa Declaración Balfour, que expresaba su apoyo al establecimiento de un «hogar nacional para el pueblo judío» en Palestina. Ya en ese momento, el Rav Yosef Jaím Sonnenfeld trabajó incansablemente para asegurar que, si efectivamente se establecía el Estado judío, este siguiera el camino de la Torá.

El Rav Sonnenfeld envió una carta a su hermano, el Rav Shemuel, advirtiendo que podríamos perder la tierra si la ley del Estado no seguía ).עמודא דנהורא עמוד פבla halajá (Años después, en תרצז, los principales rabanim y líderes judíos se reunieron en una convención llamada הכנסייה הגדולהשל אגודת ישראלpara tratar este asunto e intentar encontrar un sistema para dirigir un Estado judío de manera que siguiera la Torá. Había un conflicto sobre cómo podía lograrse esto: por un lado, hay halajot claras que deben cumplirse, mientras que, por otro lado, algunas de esas halajot pondrían en peligro la existencia del joven Estado judío y del pueblo judío. Por ejemplo, según la ley de la Torá, todos los lugares de idolatría, como las iglesias, deben ser destruidos, y no se debe permitir a los idólatras el acceso a ciertos lugares de Yerushaláyim.

No se deben vender casas ni propiedades en la Tierra Santa a no judíos, etc. Es fácil comprender el clamor mundial que provocarían tales prácticas, especialmente en nuestros días, en los que todo se examina con lupa y se tilda fácilmente de racismo y apartheid. Otra cuestión que enfrentaron los rabanim en la convención fue cómo tratar en la práctica con los no religiosos, que tenían mucho más control que los líderes religiosos. Los protocolos que acordaron en aquel entonces los rabanim y los líderes se describen en un folleto titulado «Hapardes». El folleto explica que los rabanim se oponían al establecimiento de un Estado judío que no estuviera de acuerdo con la Torá, pero también coincidían en que debían encontrar el camino para resolver el dilema mencionado.

El folleto describe el ambiente de la convención como una zona de guerra, que se caldeó mucho con debates que duraron varias largas horas. El Rav Wasserman y el Rav Kotler, entre muchos otros Guedolim, se opusieron por completo al establecimiento del Estado. Explicaron que no podemos estar de acuerdo ni dar la mano a un establecimiento que se opone directamente a la espera de la llegada del Mashíaj, especialmente cuando se opone a la Torá en muchos aspectos. Otros Guedolim consideraban que el Estado podía establecerse solo si seguía el camino de la Torá.

El Rav Isser Zalman Meltzer escribió que debían intentar asegurar que el liderazgo siguiera todas las leyes de la Torá. Por otro lado, hubo rabanim que consideraban que existía una gran necesidad de crear un Estado judío así y de ajustar las leyes en consecuencia para permitir que dicho Estado sobreviviera.

El Rav Yitsjak Herzog estaba entre quienes estaban a favor de la creación de un Estado judío, aceptando incluso algunas concesiones, pues lo consideraba una situación de pikuaj néfesh, lo que permitía pasar por alto cosas que pondrían en peligro su existencia. El Gran Rabino de Yerushaláyim de aquel entonces, el Rav Tsví Pésaj Frank, fue uno de los principales luchadores contra un Estado que no siguiera la halajá, y escribió que, si no se conformaba de esa manera, los religiosos no debían aceptarlo como un Estado judío y debían continuar la lucha para asegurar que cambiara. En aquella época se escribieron dos libros sobre el tema, cada uno explicando su opinión al respecto. Un libro fue escrito por el líder de Agudat Israel, el Rav Moshé Bloy, llamado יסודותלחוקה במדינה היהודיתcon la visión del Rav Jaím Ozer, explicando en detalle cómo dirigir un Estado de acuerdo con la Torá sin ninguna concesión.

El otro libro fue escrito por el Rav Yitsjak Herzog, llamado תחוקה, que apoyaba la לישראל על פי התורהcreación del Estado judío con ajustes para adecuarse a la ley de la Torá de una manera práctica que no pusiera en peligro su supervivencia. La guerra no terminó tras la declaración de independencia de Israel, que trajo consigo muchas opiniones sobre si los religiosos debían rechazar y prohibir por completo todo lo relacionado con el Estado o aceptar las cosas parcialmente. ¿Apoya la Torá que decida «el pueblo», o un sistema de tribunales? La discusión anterior se refería a cuestiones de Torá y religiosas; pero cuando se trata de cuestiones que no están relacionadas con la Torá, los poskim escribieron que debemos nombrar funcionarios electos que se encarguen de legislar las leyes, elegidos por el voto del pueblo, tal como en las democracias de nuestros tiempos modernos.

Una vez nombrados, se debe seguir todo lo que ellos ראה שולחן ערוך יו״ד סימן ב’ בש״ע ורמא) ״כלdecidan. (ציבור במקומו כגאונים לכל ישראל שתיקנו כמה תקנות)לכל ישראל״ (רשב״א ח״א סימן תשכט) מרדכי ב״מ סי’ רנז בשם רבינו גרשוםLos Rishonim(escribieron que las personas que fueron nombradas tienen la importancia que tenía el profeta Shemuel: ״כל מישנתמנה על הציבור הוא כאביר שבאבירים, ויפתח בדורוכשמואל בדורו, וכל מה שעשה עשוי״ Hay otras opiniones al respecto; véase el Maharik (שורש א, יד), quien escribió que los elegidos no están autorizados a legislar nuevas ״אין לבני העיר כח לחדש תקנות, אלא רק לאכוףleyes: , pero lehalajá את הציבור על מה שנהוג מקדם.״seguimos la primera opinión. Imponer la ley y el orden. Muchas de las leyes de la Torá son indulgentes con el agresor, lo que impide una disuasión adecuada.

Por ejemplo, quien fue sorprendido robando solo está obligado a devolver el objeto robado. Es fácil darse cuenta de que, al no haber un castigo adecuado, el ladrón no tiene nada que perder, lo cual hará aumentar la delincuencia. ¿Cómo garantizamos entonces la seguridad pública, la ley y el orden? ) שו״ת חלק ג’ סימן שצג הובא בב״י ס״בEl Rashbá (escribió que no debemos limitarnos a seguir las leyes de la Torá, sino castigar más de lo que la Torá exige, para lograr disuasión. Explica que una sociedad que siga solamente la ley estricta de la Torá hará aumentar la delincuencia, ya que los delincuentes quedarán sin castigo. Por ejemplo, quien mata, según la Torá no es castigado a menos que haya habido testigos y advertencia, y debe aceptar verbalmente sobre sí, antes del delito, ser castigado.

El Rashbá dice que, si se sigue meramente la ley de la Torá, la sociedad no sobrevivirá: ״אם אתם מעמידים הכל על הדינים הקצובים בתורה…נמצא העולם חרב, שהיינו צריכים דינים והתראה, וכמושאמרו חז״ל (בבא מציעא ל,ב) לא חרבה ירושלים אלא עלשהעמידו דיניהם על דין תורה… ונמצאו קלי דעת פורציםגדרו של עולם, ונמצא העולם שמם״ Debido a esto, la Guemará (סנהדרין מו) concluye que un tribunal puede aplicar azotes y pena capital incluso cuando la ley de la Torá no lo exige. Pueden aplicar estos castigos para levantar una cerca alrededor de la Torá, a fin de que la gente tema pecar. La Guemará trae como ejemplo un incidente que ocurrió con uno que montó a caballo en Shabat en los días de los griegos; lo llevaron al tribunal y lo lapidaron.

Esto no fue porque mereciera ese castigo, ya que montar a caballo en Shabat está prohibido solo rabínicamente, sino porque la hora lo requería, pues la gente se había vuelto laxa en la observancia del Shabat y, por lo tanto, se hizo necesario imponer el castigo severo por una falta relativamente menor. Así también comienza el Shulján Aruj su séfer Jóshen Mishpat (סימן ב’), para enseñarnos que el Bet Din debe imponer castigos para reprimir el delito.

Publicado originalmente en The Jewish Vues.

Original en inglés